19.2.09

La justicia retributiva



No me puedo aguantar, después del último caso de violencia con el resultado de muerte de una niña de diecisiete años y de otras decisiones controvertidas como la puesta en libertad de uno de los asesinos de Sandra Palo (a la que quemaron, violaron y machacaron con un coche), creo que es hora de hablar de la justicia retributiva.

El sistema legal español se basa en un sistema de códigos, en el que la autonomía del juez se restringe en la medida en que él es el encargado de interpretar y aplicar una norma, a diferencia de los países anglosajones donde la jurisprudéncia tiene una gran importancia, en Europa el código es el que siempre manda. La ventaja es que, mediante este sistema de códigos evitamos la arbitrareidad de los jueces, por ésto no entiendo cómo mucha gente atribuye a los jueces decisiones que en un noventa por ciento de los casos, están perfectamente ajustadas a derecho. Los jueces son personas, que, al aplicar una norma, se pueden equivocar, para éstos casos nos encontamos con los sucesivos recursos ante instáncias superiores y, de esta manera intentar subsanar una mala interpretación.

El juez aplica la ley, sin embargo, la ley la aprueba el poder legislativo, es decir, los políticos. Hace años, se consideró que en España se debía aplicar un sistema de penas en el que el delincuente debía de obtener una serie de permisos y premios que le permitieran observar el paso por la carcel de manera constructiva y que la finalidad de éste proceso fuera la completa reinserción del delincuente en la sociedad. Ventajas como el estudiar una carrera, recibir asisténcia psicológica y médica, el derecho al bis a bis en privado, el tercer grado penitenciario.....se pensó que ayudarían a la reinserción del criminal y a la normalización social del delincuente reinsertado.

Es en este punto dónde difiero, un delincuente común, puede y debe ser reinsertado en la sociedad, ya que, en muchas ocasiones, un atracador de bancos efectúa su delito, acuciado por la pura necesidad o la marginalidad. Sin embargo, las personas que cometen delitos de sangre y sesgan la vida de otros seres que, en la gran mayoría de los casos son inocentes, evidentemente se pueden reinsertar.

Un parricida mata a sus padres y su delito, en un principio acaba ahí, normalmente nunca vuelven a asesinar, en unos doce años puede estar en la calle con sus estudios acabados, y el gobierno le puede llegar a facilitar un trabajo para ayudar a su inserción en la sociedad. Llegados a este punto, me gustaría que se reflexionara sobre la victimología, es decir, la sociedad es la víctima de estos actos, la sociedad la conforman los padres de este sujeto y todos los demás que hemos decido no asesinar a otras personas, y esta sociedad, desde mi punto de vista merece una compensación adecuada y proporcionada al delito cometido.

Immanuel Kant concibió la retribución como un principio jurídico: "El castigo judicial no puede nunca ser usado como mero medio para promover otro bien, ya sea en favor del criminal mismo o de la sociedad civil, sino en cambio debe en todos los casos imponérsele bajo el sustento de que se ha cometido un crimen". La afirmación de Kant sostiene que el criminal debe reparar su crimen, debe de reparar de alguna manera su deuda con la sociedad.

Creo que al menos se debería de reflexionar sobre este tema, ya que, la sensación de impunidad del delincuente en un sistema democrático puede llevar a mucha gente a plantearse soluciones extremas como la cadena perpétua o la pena de muerte, cuando, creo que lo que se debe encontrar es un punto de equilibrio entre la reparación del daño que se ha provocado y la recuperación del sujeto para la sociedad.

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